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Saturday, April 28, 2007

CONVERSEMOS DE ABORTO EN MEXICO

"De inconstitucional no tiene nada"
Mariusa Reyes
Mariusa Reyes
BBC Mundo, México

Raúl Carrancá y Rivas
Raúl Carrancá no cree que la ley sea contraria a la Constitución.
Poco después de que se aprobara en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, la ley que despenaliza el aborto, el conservador Partido Acción Nacional (PAN) anunció que presentará ante la Suprema Corte de Justicia, un recurso de nulidad argumentando que la norma es inconstitucional.

Los legisladores del PAN también quieren que se consulte a la ciudadanía sobre la ley a través de un referéndum.

BBC MUNDO conversó sobre estos temas con el doctor Raúl Carrancá Rivas, abogado constitucionalista con más de 55 años de experiencia y quien es profesor de derecho penal y constitucional en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, UNAM.


¿Qué repercusiones va a tener esta nueva ley en el resto del país? Se sienta un precedente para que esto se pueda extender a otras partes de México?

Yo creo que sí puede sentar un precedente, porque es un tema latente desde el punto de vista social habida cuenta del número, aunque las cifras exactas no las tengo a la mano, de mujeres que clandestinamente recurren al aborto. En tal virtud, esto sí puede sentar un importante precedente.

El Partido Acción Nacional argumentó en la sesión de la Asamblea en la que se aprobó esta ley, que la misma es inconstitucional y que van a introducir un recurso de nulidad ante la Suprema Corte de Justicia, ¿qué tanto fundamento tiene esto?

En mi calidad de académico y de jurista le puedo manifestar a usted que de inconstitucional no tiene absolutamente nada.

No hay ningún precepto en los primeros artículos de la Constitución mexicana, que son los que responden a las llamadas garantías individuales, del 1 al 29, que pueda ser invocado para alegar que se está vulnerando esos derechos con esta nueva disposición.

Uno de los artículos que el PAN citó, entre varios otros, como basamento para la argumentación sobre la inconstitucionalidad de la nueva ley, fue el artículo 4, que habla de los derechos humanos básicos que están garantizados para todos los mexicanos.

La ley de despenalización del aborto no es una disposición obligatoria. La mujer católica, apostólica y romana que no quiera abortar, que no lo haga. Nadie la obliga.

Ese artículo dice, entre otras cosas, que el varón y la mujer son iguales ante la ley. Eso no es aplicable en este caso. Otra cosa que dice es que la ley protegerá la organización y el desarrollo de la familia, pero estamos hablando de la familia constituida por una pareja y por hijos que ya están aquí, en el mundo físico.

De ninguna manera es aplicable este precepto a un ser intrauterino, que todavía no es un ser humano real sino virtual. Así que yo no veo ningún punto de apoyo constitucional para el recurso que se quiere interponer, ni basado en este artículo ni en los otros.

Entonces ¿no hay posibilidades de éxito para que este recurso ante la Corte prospere?

En mi concepto no hay ninguna posibilidad de éxito. Si yo fuera ministro de la Corte yo diría que es una pretensión infundada y la desecharía de entrada por ser totalmente improcedente.

Y aquí le cito el artículo 105 de la Constitución que en su fracción segunda, inciso E, habla de las llamadas acciones de inconstitucionalidad. Éstas plantean la posible contradicción entre una norma de carácter general que es ésta ley que se acaba de aprobar, y la Constitución.

Yo no veo que la nueva ley violente la Constitución de ninguna manera. Pero si así fuere, el recurso se tiene que interponer dentro de los 30 días siguientes a la publicación de la norma, y entre tantos que pueden plantearla, está el 33 por ciento de los integrantes de la Asamblea Legislativa del DF.

Si el PAN tuviese ese porcentaje, entonces si puede plantear este recurso de inconstitucionalidad. Pero ya le digo, yo no creo que pueda prosperar porque no veo las contradicciones entre esta norma y nuestra Carta Magna.

Activistas contra el aborto protestan en las calles de la Ciudad de México
Durante el debate los activistas se manifestaron en las calles.

Toda ley tiene sus reglamentos para poder aplicar la ley en la cotidianidad, ¿cuáles cree usted que deberían ser las reglas que deberían acompañar a esta nueva ley para garantizar una aplicación idónea de la misma?

Yo creo que esto habría que dejarlo a la Ley General de Salud, que es una ley emanada del cuerpo constitucional, y que sea ella la que reglamente todo esto. Ahora bien, yo quiero hacer una observación: la ley de despenalización del aborto no es una disposición obligatoria, en el sentido de que la mujer que no quiera abortar no tiene por qué abortar. Es algo potestativo.

Lo que se está haciendo es permitir que antes de las 13 semanas, si una mujer desea recurrir al aborto, lo puede hacer sin que esto conlleve culpa ni pena consecuentemente. La mujer católica, apostólica y romana que no quiera abortar, que no lo haga. Nadie la obliga.

El Partido Acción Nacional recogió más de 70 mil firmas de ciudadanos que solicitan la realización de un referéndum sobre la conveniencia de esta nueva ley. Una vez que ya ha sido aprobada, ¿es posible hacerlo?

Yo considero que es totalmente improcedente hablar de referéndum. Y le explico primero que hay dos tipos de referéndum. Uno es el que está previsto en la Constitución, de carácter obligatorio, y el otro es el potestativo.

En la Ciudad de México hay un estatuto de gobierno que es el equivalente a la Constitución, y allí no existe la figura del referéndum. Entonces la opción es recurrir al referéndum potestativo que plantea la Constitución, pero ahí yo digo que éste tipo de referéndum procede sólo cuando una disposición del legislativo va a afectar bienes fundamentales de la persona, de su dignidad, de su honor, etc, pero éste no es el caso, porque la ley no obliga a todas las mujeres a hacerse un aborto, por tanto no se está atentando contra sus derechos.

Así que en este caso, la opinión de los ciudadanos sale sobrando. Además, recurrir al referéndum sería irrumpir en las facultades soberanas que tiene el poder legislativo de la ciudad.

Y en caso de que se realizara, ¿sería vinculante su resultado?

No, en absoluto.

¿Cree que la aprobación aquí en México de esta ley abre las puertas para iniciativas similares en el resto de América Latina?

Yo pienso que es factible que ocurra el llamado "efecto dominó", aunque desde mi punto de vista, eso va a depender de lo que establecen las constituciones en los distintos países.

SALUDOS CORDIALES
RODRIGO GONZALEZ FERNANDEZ
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