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ES LA HORA DE LOS DERECHOS HUMANOS Y DEL CIUDADANO. DERECHOS HUMANOS + DERECHOS DEL CIUDADANO: May 2006

Saturday, May 27, 2006

Charlas y cursos de Rodrigo González F y Marcelo Montero para ejecutivos

Rodrigo González Fernández

y Marcelo Montero Iglesis,

 

Han diseñado un conjunto de Charlas , conferencias y Cursos que se dictarán en SOFOFA – Chile.

Estas Charlas están dirigidas a empresarios, ejecutivos, asesores corporativos , gente de las comunicaciones, de las RRPP, Periodistas, gerentes de Recursos Humanos.Profesores y estudiantes Universitarios.

Por ejemplo

  • EL ACOSO SEXUAL EN LA EMPRESA
  • EL LOBBYING SIN CAER EN TRAFICO DE INFLUENCIAS

Ambas conferencias se realizarán en el mes  Junio de 2006

Para mayores informes llamar SOFOFA

O bien soliciten mayor información en este blog.; consultajuridica.blogspot.com

Wednesday, May 17, 2006

ESPIAS Y LA RAZON DE LA DEMOCRACIA , PEPE CERVERA

ESPÍAS Y LA RAZÓN DE LA DEMOCRACIA

Contra lo que muchos creen la democracia no es un sistema en el que mandan las mayorías, sino un sistema en el que se respetan los derechos de las minorías. Una democracia avanzada es un cuidadoso ejercicio de contrapoder, diseñado para que quienes tienen, por su oficio, poder en nombre de todos no puedan abusarlo. Porque los humanos, ay, somos susceptibles a la tentación. Y por eso es por lo que determinados poderes es mejor no dárselos a nadie, ni siquiera a los encargados de protegernos. Algunos poderes son como el Anillo: es imposible ejercerlos sin contaminarse del mal.

Esta disquisición patafísica viene a cuento con el programa de espionaje al por mayor que se ha descubierto en los EEUU, del que se discute su legalidad. Aunque su principal problema es su mera existencia. Por su inutilidad, ya que los expertos consideran muy difícil que sirva para lo que promete. Porque no se acaba nunca; siempre hay razones para espiar más. Pero sobre todo por sus infinitas posibilidades de abuso. Que ya están dando fruto. Elementos de los servicios secretos de EEUU están utilizando esas técnicas para descubrir no espías enemigos, sino fuentes de la prensa crítica. La tentación de usar esa información en política, contra el incordio en lugar de contra el enemigo, es demasiado grande. Y ojo, que en la Vieja Europa también ocurre. Lo que es peor, gracias a la torpeza de nuestros europeos esfuerzos sus datos de usted pueden acabar en manos de los EEUU... ¿Cuánto tiempo, en segundos, tardarán en utilizarse esos datos para cosas que no sean luchar contra el terror? ¿Dónde está el contrapeso para ese exceso de poder? ¿No sería mejor cortar por lo sano?

servido por retiario , Pepe Cervera, en un excelente trabajo, saludos Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com

 

QUE ES EL ESTADO DE DERECHO

A PROPOSITO DE COLUMNA DE  HERMOGENES PEREZ DE ARCE HOY 17 DE MAYO 2006 EN ELMERCURIO.COM

Hermógenes : Como hijo del Rigor jurídico, me voy a mi “palm” , porque a golpe de  un lapicito, logro una definición  o cientos de ellas como todos también decenas de  los códigos más empleados , todas las doctrinas y todos los fallos en una materia determinada. Porque la memoria suele fallar.  Veo Estado de derecho ya que un ciudadano me pregunta que es esto que tanto se habla y al parecer hoy ya no se practica: veamos

El Estado de Derecho es un tipo de Estado. El Estado de Derecho es un concepto de teoría política, jurídica y moral y dice que la autoridad del gobierno sólo puede ser llevada a cabo siguiendo leyes escritas, las cuales deben haber sido adoptadas mediante un procedimiento establecido. No cualquier Estado ni cualquier Derecho conforman un Estado de Derecho; únicamente, aquel Estado controlado por el Derecho y aquel Derecho legitimo (democrático). El principal rasgo del Estado de Derecho es el principio de legalidad también conocido como Imperio de la ley.

El Estado de Derecho, además, es un Estado cuyo Derecho protege y garantiza determinados derechos y libertades que históricamente se consideran fundamentales. Otro rasgo característico habitual en un Estado de Derecho es que dentro de sí, el Estado de Derecho mantiene una separación de las funciones legislativa, ejecutiva y judicial.

El Estado de Derecho, Saludos Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com

 

Saturday, May 13, 2006

LAEUTANASIA UN PROYECTO QUE TRAERA POLEMICA

PRESENTAN PROYECTO PARA REGULAR LA EUTANASIA EN CHILE

 

   09 DE MAYO DE 2006 

 Un proyecto de ley que busca otorgar el derecho de los pacientes terminales a acelerar su muerte para evitar el sufrimiento físico ingresó a la Cámara de Diputados el 11 de mayo de 2006.

La moción fue presentada por los diputados Fulvio Rossi y Juan Bustos.

 

Eutanasia pasiva y activa

 

La iniciativa distingue entre una eutanasia pasiva y otra activa.

 

Eutanasia pasiva: establece el derecho de los pacientes terminales a otorgar o denegar su consentimiento a cualquier procedimiento médico que estimen invasivo, complejo o innecesario que prolonguen su agonía.

 

Eutanasia activa: si el paciente sufre de una enfermedad incurable o progresivamente letal, que le causa un padecer insufrible en lo físico e imposible de soportar, puede pedir que "la muerte le sea provocada deliberamente por un médico cirujano", señala el proyecto.

La eutanasia, proyecto de Ley; saludos Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com; bidet.blogspot.com

 

SE RETRASA APLICACIÓN DE NUEVA LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL

Mientras tanto se debería hacer una campaña de difusión, de información a todo nivel de los aspectos relevantes de esta ley y de su importancia. No se puede legislar en la ignorancia del ciudadano.

Para postergar por un año el inicio de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, programado para junio de 2006, el gobierno envió el 9 de mayo un proyecto de ley al Congreso (mensaje) con carácter de suma urgencia, es decir, para que se tramite completamente por ambas cámaras en 10 días.

 

La principal dificultad para el funcionamiento de la nueva ley es la falta de establecimientos de régimen semicerrado en seis regiones para el cumplimiento de las penas de los menores de 18 y mayores de 14 años. Además, el Ejecutivo no quiere una aplicar esta ley de manera gradual, aplicarla de una sola vez en todo el país.

 

¿Qué propone la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente?

Establece por primera vez en Chile un sistema de justicia exclusiva para aquellos jóvenes entre los 14 y 18 años que infrinjan la legislación penal.

Elimina la figura del discernimiento para cometer delitos (si un menor entre 16 y 18 años tuvo o no plena conciencia al momento de infringir la ley) y establece la construcción de recintos para que los adolescentes cumplan las sanciones privativas de libertad.

Parte de los centros proyectados son de régimen cerrado. En ellos se cumplirán las penas más graves, de 5 a 10 años de prisión, junto a un programa de reinserción. Los otros centros son semicerrados, para penas de 61 días a tres años.

Mientras se pone en marcha el nuevo sistema, se aplicará la norma actual

COMISION DERECHOS HUMANOS ONU, ELIGEN EN SECRETO...

ELIGEN A MIEMBROS DEL CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS DE LA ONU

(Desempeño del consejo es lo que cuenta, dice embajador de EE.UU)
Por Judy Aita
Corresponsal del Servicio Noticioso desde Washington en las Naciones
Unidas
 
Naciones Unidas -- La asamblea general de las Naciones Unidas ha elegido a
47 naciones para servir en el nuevo Consejo de Derechos Humanos que
reemplazará, en junio, a la desacreditada Comisión de Derechos Humanos de
la ONU.
 
Entre
los miembros figuran países cuyos deficientes historiales de
derechos humanos han sido criticados y examinados durante décadas, así
como otros con excelentes historiales como líderes de derechos humanos.
Estados Unidos no buscó un asiento en el Consejo.
 
El embajador de Estados Unidos, John Bolton, dijo que a él no le
sorprendió que "resultaran elegidos varios países que son graves
abusadores de los derechos humanos".
 
"El desempeño verdadero del Consejo de Derechos Humanos, durante un
período de dos a tres años, será lo crítico", dijo Bolton.
 
La asociación en el Consejo se asigna a cinco grupos regionales: 13
asientos para los estados africanos, 13 para los estados asiáticos, ocho
para los estados de América Latina y el Caribe, siete para los estados de
Europa Occidental y otros, y seis asientos para los estados de Europa
Oriental.
 
La primera reunión del Consejo de Derechos Humanos se realizará el 19 de
junio, en Ginebra. El Consejo se reunirá periódicamente, con una
programación anual no inferior a tres sesiones de 10 semanas, y podrá
efectuar sesiones extraordinarias si es necesario.
 
Elegidos por un año fueron: Argelia, Marruecos, Sudáfrica, Túnez, Bahrein,
Indonesia, Filipinas, India, Polonia, la República Checa, Argentina,
Ecuador, Finlandia y los Países Bajos.
 
Los países que servirán en el Consejo dos años son: Gabón, Ghana, Malí,
Zambia, Pakistán, Japón, Sri Lanka, la República de Corea, Rumania,
Ucrania, Brasil, Guatemala, Perú, el Reino Unido y Francia.
 
Camerún, Djibouti, Mauricio, Nigeria, Senegal, Bangladesh, China,
Jordania, Malasia, Arabia Saudita, Azerbaiyán, Rusia, Cuba, México,
Uruguay, Canadá, Alemania y Suiza servirán durante tres años.
 
En el futuro, los países serán elegidos por períodos de tres años.
 
Los candidatos sometieron promesas y compromisos para promover y proteger
los derechos humanos. De conformidad con el reglamento que establece el
nuevo Consejo, sus miembros serán los primeros que someterán a examen sus
historiales de derechos humanos.
 
LA POSTURA DE ESTADOS UNIDOS
 
La secretaria adjunta de Estado para Asuntos de Organizaciones
Internacionales, Kristin Silverberg dijo que la verdadera prueba para el
Consejo será si puede tomar medidas efectivas en casos de graves abusos de
derechos humanos, tal como ocurre en Darfur, Birmania y Corea del Norte.
 
En 2006, Estados Unidos "participará activamente en calidad de
observador", inclusive para cabildear a favor de resoluciones de derechos
humanos, dijo Silverberg.
 
Suponiendo que el Consejo pueda trabajar de manera eficaz, Estados Unidos
tiene previsto presentarse como candidato a la elección del año próximo,
dijo la secretaria adjunta.
 
Estados Unidos, aun cuando fue el principal partidario de la propuesta en
2005 del secretario general Kofi Annan en torno a abolir la Comisión de
Derechos Humanos y reemplazarla con una organización más fuerte, votó en
contra de la creación del Consejo en marzo. Los funcionarios
estadounidenses alegaron que el diseño del nuevo Consejo no tenía normas
suficientemente estrictas para impedir la participación en calidad de
miembros de países abusadores de los derechos humanos.
 
Oficina de  Programas de Información Internacional del Departamento de Estado de
Estados Unidos. Sitio en la Web: http://usinfo.state.gov/esp), Saludos Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com, derhumano.blogspot.com

Thursday, May 11, 2006

UN EXTRAORDINARIO LIBRO.BUSQUENLO

EL COMERCIO AGRÍCOLA Y EL HAMBRE EN EL MUNDO

Sonia Gómez Saiz  comenta en blogsalmon este libro que hay que leer. No se si está en Chile, pero lo pueden pedir a España por algún medio

Me apetece recomendar un libro que ofrece un análisis sobre la viabilidad política para acabar con la hambruna que afecta a 815 millones de personas en el mundo. Su autora, Ana González-Peláez, es doctora en relaciones e internacionales y una activa asesora de asuntos políticos.

Human Rights and World Trade: Hunger in international Society, a lo largo de 175 páginas resume la naturaleza, la escala, la distribución y la dinámica del hambre, así como el papel que desempeña la sociedad internacional.

Corrupción, crecimiento desmesurado de la población, mala distribución de la tierra, deuda externa, biotecnología y acceso desventajoso al comercio aparecen como las causas del hambre cuando no hay guerras o desastres naturales.

Sin embargo, la OMC también refleja las tensiones internacionales cuando intenta acabar con los aranceles y los subsidios en Europa y EE.UU, así como con el dumping en los países pobres del exceso de producción, ya que daña sus economías.

Además de la requerida ayuda de urgencia, González-Peláez ahonda también en la necesidad de crear un sistema agrícola sostenible, así como una Caja de Desarrollo que permita a los países pobres disfrutar de excepciones para poder competir en el mercado internacional y a la vez los proteja contra los productos occidentales fuertemente subsidiados.

Y al final, concluye que acabar con la hambruna no sólo es un imperativo moral sino también una ventaja económica, ya que de alcanzarse el reto de desarrollo propuesto se crearían 120.000 millones de dólares al año.

La joven y experta autora es una excelente conversadora que ahora mismo está trabajando en Siria. Allí seguro que también deja clara su convicción de que el fin del hambre no es una utopía sino un fallo del sistema que se puede corregir. Lectura imprescindible.

Saludos Rodrigo González Fernández, librocomentarios.blogspot.com

 

Tuesday, May 09, 2006

SEMINARIO, ASAMBLEA GENERAL Y ELECCION DE CONSEJO DIRECTIVO DEL CAPITULO CHILENO DEL OMBUDSMAN

La Directiva del Capítulo Chileno del Ombudsman-Defensor del Pueblo pone en conocimiento de sus asociados y asociadas la próxima citación de Asamblea General de Socios y elección de Directiva para el período 2006-2008.

La Asamblea tendrá lugar:

  • Día: Sábado 20 de Mayo de 2006, por la mañana de 09.00 a 13.45 horas.
      • 09.00 - 11.30 Seminario indicado en Programa.
      • 12.00 - 13.45 Asamblea socios y elección
  • Lugar: Universidad Academia de Humanismo Cristiano, Salón Auditorio. Av. Condell 343, Providencia- Santiago

Las citaciones se harán llegar oportunamente vía correo ordinario o correo electrónico. Desde ya se ruega a las asociadas y asociados reservar dicha mañana.

Mayores antecedentes sobre convocatoria, programa, candidaturas y elecciones se irán publicando en esta misma página.

Santiago, 20 Abril de 2006


PROGRAMA

El programa consta de dos partes o actividades centrales:

De 09.00 a 11.30 horas:

  • Seminario: “Proyectos de instituciones de protección de los derechos humanos en Chile”

a) Exposición: El estado actual de las iniciativas y proyectos de instituciones de protección de derechos humanos, en especial la Defensoría del Pueblo y el Instituto Nacional de Derechos Humanos. Formulación en el programa de Gobierno y precedentes internacionales.

    • Expone: Sebastián Cox, Presidente del Capítulo Chileno del Ombudsman.

·         b) Mesa Panel: Posición e interrogantes desde cuatro visiones o referentes.

    • Gobierno. Panelista: Marta de la Fuente, Presidenta de la Comisión Asesora Presidencial para la Protección de los Derechos de las Personas.
    • Red de organizaciones de la sociedad civil. Panelista: María Eugenia Díaz, Coordinadora Ejecutiva de GENERA
    • Capítulo Chileno del Ombudsman. Panelista: Juan Domingo Milos, Vicepresidente del Capítulo Chileno del Ombudsman
    • La Visión Internacional: Roberto Garretón, Vicepresidente del Capítulo Chileno del Ombudsman

c) Debate y propuestas: Expresiones y demandas ciudadanas en la definición de estos proyectos
Los asistentes participan exponiendo sus posiciones, inquietudes y propuestas.Si es del caso, se identificarán los puntos de consenso.
Nota: a esta primera parte del Programa, el Capítulo invitará, además de sus asociados, a personas e instituciones cercanas a la institución o que desarrollan actividades relacionadas con la materia del foro-debate.

De 11.30 a 12.00 horas:

  • Café.
  • Registro de los asociados y asociadas asistentes.
  • Habilitación para votar y entrega de documentación.


De 12.00 a 13.45 horas:

  • Asamblea General de Socios del Capítulo Chileno del Ombudsman.

a) Cuenta del Presidente y Directiva.
b) Debate y aprobación de la cuenta.
c) Breve presentación de cada candidata o candidato.
d) Constitución de la mesa de votación y elección de Consejo Directivo.

Nota: esta segunda parte del Programa está previsto para los asociados y asociadas de la organización.


Las citaciones se harán llegar oportunamente vía correo ordinario o correo electrónico.

Las precisiones del Programa que se vayan produciendo así como sobre la convocatoria, candidaturas y elecciones se irán publicando en esta misma página.



POSTULACIONES

Las normas de postulación son las siguientes:

1-. Cualquier asociado o asociada cuya inscripción en el Capítulo se encuentre vigente y tenga sus obligaciones sociales al día (cuota) puede postular al cargo de consejero en el Consejo Directivo o Directiva del Capítulo.

2-. Las personas con inscripción vigente son las que figuran en listado de esta misma web, sin perjuicio que pueda hacerse valer reclamo ante el Presidente del Capítulo al correo scox@ombudsman.cl , quien revisará la situación.

3-. Las personas interesadas deberán remitir vía carta o mail una solicitud de postulación, indicando sus datos personales, un breve curriculum y motivación (de siete líneas aproximadamente) a las siguientes direcciones: inscripcion@ombudsman.cl y scox@ombudsman.cl. Dirección postal: Joaquín Díaz Garcés 068- Providencia.

4-. Un asociado o asociada, postule o no al Consejo Directivo, puede postular a otro asociado o asociada del Capítulo al cargo de consejero, si cuenta con la autorización de la persona postulada.

5-. El plazo de postulación es a partir de esta misma fecha hasta el miércoles 17 de Mayo de 2006.

6-. Para facilitar la participación de postulantes, el requisito de cuota al día ($10.000.- correspondiente a 2005) podrá ser cumplido hasta la fecha indicada en el número anterior, sin que constituya requisito previo o simultáneo a la inscripción.

7-. Las postulaciones y reseña personal correspondiente serán publicados en esta página web, entendiéndose que el o la postulante, al formalizar su postulación, acepta su difusión.



NORMAS SOBRE ELECCION

1-. De conformidad a estatutos, se eligen siete cargos de consejeros o directores por un período de dos años.

2-. Cada persona en su voto puede marcar hasta siete preferencias de entre los postulantes que hayan cumplido con los requisitos señalados. No podrá acumularse preferencias en una o más personas de los postulantes. Serán directores o consejeros electos las siete primeras mayorías.

3-. El derecho a voto se ejercerá personalmente; en casos justificados se aceptará el poder para que una persona vote a nombre de otra, no pudiendo un mismo mandatario tener más de dos poderes.

4-. Los cargos al interior del Consejo Directivo (Presidente, vicepresidente, secretario general, etc.) de conformidad a estatutos, son designados por el propio Consejo electo de entre sus miembros en la primera sesión con posterioridad a la elección.

Santiago, 20 de Abril de 2006
Actualizado al 5 de mayo de 2006



CONSEJO DIRECTIVO
CAPITULO CHILENO DEL OMBUDSMAN

 

Un afligido lector nos consulta si , en verdad los rezos son efectivos ante una enfermedad o ante un juicio en tribunales. Veamos.

REZAR NO CURA, CONFIRMADO

VelSid en geociencia nos informa lo siguiente respecto de los rezos y la sanación efectiva.Cuántas veces hemos podido ver como el rezo se ha utilizado para lograr la recuperación de una persona enferma, se le pide a un "Ser Superior" , a Dios que interceda por la persona afectada. No sirve de nada, rezar no cura, así lo ha confirmado la fundación estadounidense John Templeton, dedicada al estudio de la espiritualidad, llegándose a gastar hasta 2,5 millones de dólares en el estudio del poder curativo de la oración.

Por mucho que se rece no hay mejoría alguna, son palabras en silencio que no ayudan a contrarrestar la enfermedad del aquejado. La seguridad es la actuación médica, la ciencia, los avances, pero para nada las oraciones. La investigación de esta fundación ha sido publicada en la revista American Heart Journal, sus conclusiones merecen nuestra atención.

Según éstas es incluso perjudicial para el paciente, el efecto psicológico está bien claro, ver que están rezando por hace pensar en la gravedad de la enfermedad y como consecuencia aumenta su estrés. El estudio indica que incluso los pacientes que sabían que se estaba rezando por ellos experimentaban más complicaciones.

El papel beneficioso de la espiritualidad ha sido durante años motivo de debate, llegándose a publicar hasta seis trabajos sobre este tema. Según dicen, este último trabajo es el más riguroso de todos ellos, han querido comprobar qué función desempeñan los rezos ajenos ante una enfermedad.

Esta fundación utilizó a 1.800 pacientes de seis hospitales diferentes e hizo tres grupos de enfermos, en uno de los grupos nadie rezaba por ellos, en otro se rezaba por los pacientes y ellos eran conscientes de esto y finalmente, un grupo en el que se rezaba por ellos pero los pacientes no lo sabían.

Quienes rezaron fueron congregaciones católicas y protestantes, los investigadores les dieron total libertad, eso sí, en los rezos debían pedir una exitosa operación y una recuperación rápida sin problemas. Los rezos eran dirigidos a los nombres facilitados por los investigadores junto a la primera inicial del enfermo en cuestión.

Los datos son bastante clarificadores, no se aprecio ningún beneficio atribuible a los rezos, el 59 % de los enfermos que sabían que se rezaba por ellos incluso experimentaron alguna pequeña complicación. Como habíamos dicho antes, si un enfermo sabe que rezan por él, siempre puede temer lo peor y por tanto se origina un mayor estrés y una mayor ansiedad.

De todas maneras no hay unanimidad, aún faltan más estudios que demuestren si es bueno que un determinado paciente sepa que están rezando por él.

Pudiera parecer que esta investigación sólo produce un gasto inútil, pero en realidad un estudio de estas características puede esclarecer un concepto que todavía mueve a millones de personas. Determinar si el rezo es o no beneficioso quizás ayudaría a dejar de perder el tiempo en plegarias inutiles que no conllevan a nada. Claro que este ultimo apuente es opinión del autor ,  ya que no creemos en las virtudes de los rezos.Más información | El Mundo
Más información | American Heart Journal

Sin embargo, los que tenemos fe seguiremos rezando para calmar los males  de los enfermos. Asi nos formaron y nos cuesta el cambio Saludos Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com

 

 

"trabajo infantil disminuye en America Latina y caribe"

DECLINA RÁPIDAMENTE EL TRABAJO INFANTIL EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE

Este es uno de los aspectos que en Chile podría solucionar o contribuir a solucionar el Defensor del Pueblo , institución que lleva años en el Congreso tratándose de legislar.


(Informe de ONU dice disminución es parte de una tendencia mundial) Por Eric Green
Redactor del Servicio Noticioso desde Washington
 
Washington -- En los cuatro años pasados, América Latina y el Caribe han
registrado la disminución más grande en trabajo infantil, que en cualquier
otra región del mundo, dice un informe de la Organización de las Naciones
Unidas.
 
En una declaración emitida el 4 de mayo, la Organización Internacional del
Trabajo (OIT) dijo que la declinación es parte de una disminución general
mundial del trabajo infantil.
 
"El fin del trabajo infantil está a nuestro alcance", dijo el director
general de la OIT, Juan Somavia, al presentar el informe. "Aunque la lucha
contra el trabajo infantil sigue siendo un desafío tremendo, estamos en la
senda correcta. Podemos terminar sus peores formas en una década, pero sin
perder de vista la meta final de acabar con todo el trabajo infantil".
 
En América Latina y el Caribe, la cantidad de niños que trabajan se ha
reducido en dos tercios entre 2000 y 2004, y ahora apenas 5 por ciento de
los niños se dedican a trabajar, dice el informe de la OIT.
 
El
informe presenta a Brasil como ejemplo de cómo los países pueden
avanzar en la eliminación del trabajo infantil. Los niños trabajadores
brasileños del grupo de 5 a 9 años de edad bajó 61 por ciento entre 1992 y
2004, mientras que en el grupo más grande, entre 10 a 17 años, la tasa
disminuyó 36 por ciento durante el mismo periodo.
 
Otro país con una importante reducción en el trabajo infantil es México,
de acuerdo con el informe denominado "La eliminación del trabajo infantil
un objetivo a nuestro alcance".
 
Dado que la mitad de los niños de América Latina vive ya sea en México o
en Brasil, "esas reducciones son muy importantes y demuestran el hecho de
que la declinación general es una tendencia real", dijo el informe.
 
La OIT afirmó que el trabajo infantil, especialmente en sus peores formas,
está en declinación por primera vez en el mundo, y agrega que si se
mantiene el actual ritmo de declinación y continúa el impulso mundial para
frenar el trabajo infantil, "podría ser eliminado fácilmente en la mayor
parte de sus peores formas, en un plazo de diez años".
 
Somavia dijo que en el siglo XXI "ningún niño debería ser brutalizado por
la explotación o puesto a trabajar en tareas peligrosas. A ningún niño se
le debería negar el acceso a la educación. Ningún niño o niña debería ser
esclavo para sobrevivir".
 
El nuevo informe dice que la cantidad actual de niños trabajadores en el
mundo disminuyó en 11 por ciento entre los años 2000 y 2004, de 246
millones a 218 millones.
 
En una hoja informativa publicada en julio de 2005 el Departamento de
Estado de Estados Unidos dijo que la mayor parte de las organizaciones
internacionales y las leyes nacionales indican que los niños pueden
realizar legalmente un trabajo liviano, pero que las peores formas de
trabajo infantil estaban siendo señaladas para su erradicación por todas
las naciones del mundo. La venta y tráfico de niños y su entrampamiento en
trabajo forzado y por deuda son especialmente peligrosas formas de trabajo
infantil.
 
De acuerdo con la hoja informativa, el reclutamiento forzoso para
conflictos armados es otra práctica brutal que afecta a los niños, dado
que las milicias armadas reclutan a algunos niños mediante el secuestro,
las amenazas y las promesas de sobrevivir en áreas destrozadas por la
guerra. La hoja informativa está disponible, en inglés, en el sitio
electrónico del Departamento de Estado.
 
El informe completo de la OIT puede leerse en
http://www.ilo.org/public/spanish/standards/relm/ilc/ilc95/pdf/rep-i-b.pdf
 
(El Servicio Noticioso desde Washington es un producto de la Oficina de
Programas de Información Internacional del Departamento de Estado de
Estados Unidos. Sitio en la Web: http://usinfo.state.gov/esp)
NNNN

Este es uno de los aspectos que en Chile podría solucionar o contribuir a solucionar el Defensor del Pueblo , institución que lleva años en el Congreso tratándose de legislar.

Saludos Rodrigo González Fernández, derhumano.blogspot.com; defensorpueblo.blogspot.com

Monday, May 08, 2006

NUEVA DEFENSORA CIUDADANA

OMISIÓN DEFENSORA CIUDADANA TIENE NUEVAS AUTORIDADES

Le deseamos todo el éxito en su gestión, pero estamos preocupados por el avance del proyecto de ley para establecer en chile el “defensor del pueblo o defensor del ciudadano u ombudsman.

 

Por el carácter Presidencial de la Comisión su responsable principal es designado por la Primera Autoridad de la nación. La Presidenta Michelle Bachelet nombró a Marta de la Fuente Olguín como Presidenta de la Comisión Asesora Presidencial para la Protección de los Derechos de las Personas o Comisión Defensora Ciudadana. La autoridad recién designada es abogada de profesión y se desempeñó anteriormente como Secretaria Ejecutiva de la misma entidad.

 

En los próximos días se llevará a cabo la primera sesión de este órgano, a fin de afinar el programa de trabajo del presente año, así como conocer aquellos casos que ya están siendo procesados por el equipo profesional de apoyo y que se refieren a situaciones de vulneración de derechos de las personas por parte de la Administración Central del Estado.

Creemos que el ciudadano común y corriente nada sabe sobre el Defensor del Ciudadano, las universidades nada enseñan al respecto; los colegios menos y el gobierno presenta un proyecto de ley  pretendiendo legislar en la ignorancia. Entonces, nada sabemos del Defensor del Pueblo, tampoco los legisladores.

Qué hay que hacer: enseñar+ enseñar+ capacitar .

Saludos Rodrigo González Fernández, defensorpueblo.blogspot.com

EUTANASIA DERECHO BASICO

POSTEADO EN LA COLUMNA DE LUCAS SIERRA EN ELMERCURIO.COM, LUNES 8 DE MAYO 2006

LA AUTANASIA, PRINCIPIO ETICO , BASICO DE LA DEMOCRACIA

La eutanasia y el derecho a la privacidad Paul Kurtz ya lo ha señalado muy bien.” La eutanasia descansa sobre un principio ético básico para la democracia: el derecho a la privacidad. Este tiene su raíz en la idea de libertad personal. Adquiere mayor significado en las sociedades abiertas, pluralistas y democráticas, donde coexisten posturas, creencias religiosas, eupraxsofías y sistemas de valores contrapuestos, y donde tenemos la obligación de ser tolerantes con las diferentes convicciones éticas.

El derecho a la privacidad es un principio ético general prima facie ganado recientemente. La gente no reconoció su autenticidad sino hasta, digamos, dos o tres siglos atrás. Sostengo que el derecho a la privacidad es un derecho humano según el cual la sociedad debe respetar la opción que tiene un individuo para manejar su propia vida. El cuerpo de una persona, sus posesiones, creencias, valores, acciones y conducta son zonas donde la sociedad no debería entrometerse sin una buena razón.

El derecho a la privacidad, por lo tanto, depende del valor que le otorguemos a la autonomía personal, es decir, a la libertad de elección voluntaria y al reconocimiento de la importancia de la responsabilidad individual.

Saludos Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com

UN CAMBIO CLIMATICO, COMO AFECTARÁ A LA AGRICULTURA

¿HAY EFECTIVAMENTE UN CAMBIO CLIMATICO EN CHILE?

 

Desde cenciencia, “El cambio climático se nos viene  encima ; ¿cómo puede afectar a la agricultura en General?

 

 “El calentamiento global, causado por los gases de efecto invernadero, puede producir un cambio climático”~Hay protocolo de Kyoto sobre la materia. Muchos se preguntan ¿será verdad tal cambio climático? ¿Se están cautelando, reconociendo, estableciendo y garantizando  los derechos humanos relacionados con esta materias?

 

Esta frase, que ha sido pronunciada por multitud de personas, en diversas ocasiones, toma hoy día más cuerpo que nunca. No porque el cambio climático se acerque, sino porque el cambio climático esta aquí y así lo han dicho numerosos científicos y difundido por los medios internacionales , también por cenciencia un excelente blog  que difunde informaciones de ciencia, biología,  nuevas tecnologías, robótica, etc al que estamos suscritos.

 

Las temperaturas de 45º (a la sombra) en algunas zonas de España, la escasez de lluvias, y que cuando estas llegan se producen de manera torrencial, causando inundaciones y todo tipo de destrozos. Y no parece que vaya a cambiar.

 

Según José Manuel Moreno, profesor de ecología de la universidad de Castilla-La Mancha, las temperaturas de la península podrían subir 0.4 grados cada 10 años. Las lluvias serán mucho más impredecibles, y el avance del desierto de Almería será inevitable.

A pesar de todos estos datos, el gobierno Español sigue sin hacer lo suficiente, ya que según un informe publicado la semana pasada, no solo no se respetan las tasas del protocolo de Kioto, sino que además se sobrepasan, y no hay viso de que esto valla a cambiar.

Invito a debatir sobre el tema y preguntemos a los científicos Chilenos , que opinan sobre estos anuncios. ¿En  Chile  vemos síntomas de cambios en el Clima? ¿Cómo va a afectar nuestra agricultura en general?Saludos Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com; agriculturablogger.blogspot.com

 

Saturday, May 06, 2006

DEFENSOR DEL PUEBLO, OMBUDSMAN, DEFENSOR DEL CIUDADANA, NADA SABEMOS DE EL

Muchos lectores nos preguntan:

¿PORQUE EL DEFENSOR DEL PUEBLO NO PROSPERA EN EL AMBITO LEGISLATIVO EN CHILE?

En parte, y muy fundamental, es porque nada sabemos de la institución a nivel de ciudadano, de legisladores, de autoridades, de instituciones educacionales de todo nivel . Hay una tremenda ignorancia en esta materia.   Se ha llegado a confundir , inexplicablemente instituciones y se han creado otras sin explicación alguna .

Este es un mal endémico en Chile: se pretende legislar y se legisla en la ignorancia del pueblo, del ciudadano. Después vienen las consecuencias: véase Reforma Procesal Penal, juzgados de Familia;  Ley  matrimonio civil, en fin tantas leyes que se dictan sin una debida capacitación masiva del ciudadano y luego tenemos desastres en la operatividad .

Por lo tanto, el Capitulo tiene buscar la forma de Capacitar masivamente al ciudadano en torno a la Institución del Ombudsman  y el Gobierno otorgar los fondos necesarios para aquello Obviamente, dentro de un programa establecido , coordinado y bien estructurado a nivel nacional.

Debatamos sobre este tema

Saludos Rodrigo González Fernández ; defensorpueblo.blogspot.com

UNA IMPORTANTE CARTA DEL CAPITULO CHILENO DEL OMBUDSMAN

DEFENSOR DEL PUEBLO & EL INSTITUTO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS

 

Nota del Capitulo Chileno del Ombudsman a Ministra Veloso de la Secretaria General de la Presidencia de Chile.

 

De la lectura de esta nota se darán cuenta de lo que yo he sostenido hace un tiempo en este blog y otros foros : que es indispensable a la hora de legislar instruir a la población, al ciudadano a todo nivel de lo que la institución del Defensor del Pueblo significa. No se puede legislar en la ignoracia . Si se quiere un Ombudsman en Chile hay que enseñar que significa aquello, que es, porque, en fin capacitar sobre la materia.

 

Señora Ministra

Paulina Veloso Valenzuela

Ministerio Secretaría General de la Presidencia

P R E S E N T E

Santiago, 03 de mayo de 2006

Distinguida Señora Ministra

De acuerdo a lo conversado en la audiencia que gentilmente nos concediera el lunes 10 de abril pasado, hacemos llegar a Usted, la opinión y posición del Capítulo Chileno del Ombudsman1 relativa al Proyecto de Ley que crea el Instituto Nacional de Derechos Humanos.

Tal como lo manifestamos en esa ocasión, para nuestra Corporación, el Instituto en referencia es una institución que no podría confundirse ni sustituir a otra, como la del Defensor del Pueblo, también propuesta en un proyecto de reforma constitucional con el nombre –a nuestro juicio desafortunado- de Defensor del Ciudadano. Sobre este último también haremos llegar oportunamente a la señora Ministra nuestras observaciones.

 

1. Manifestamos en primer lugar nuestra satisfacción por tres iniciativas claves para la promoción y protección de los derechos de las personas, recogidas en el Programa de Gobierno y reiteradas en varias ocasiones por S. E. la Presidenta de la República. Nos referimos a la adopción de un Programa Nacional de Derechos Humanos, conforme a las recomendaciones de Naciones Unidas y otros organismos internacionales, que haga de los derechos humanos una auténtica política de Estado; la creación del cargo de Ombudsman, denominado en el Programa como Defensor del Ciudadano, como una institución estatal autónoma no jurisdiccional, encargada de velar para que los organismos de la administración publica, y las entidades que prestan servicios públicos respeten y garanticen los derechos fundamentales, con atribuciones para recibir e investigar denuncias, proponer soluciones y hacer públicas sus conclusiones y recomendaciones; y la creación del Instituto Nacional de Derechos Humanos, que es la institución que motiva los presentes comentarios.

 

El rol esencial del Instituto Nacional de Derechos Humanos es, a nuestro juicio, ser el principal promotor de una cultura respetuosa de los derechos humanos, enfatizando su actuación en la educación y difusión de los contenidos de los derechos humanos, y promoviendo el debate público respecto de aquellos temas que afectan a la sociedad chilena en el nuevo milenio, como son los derechos derivados del desarrollo tecnológico e industrial, la bioética, los derechos de género, reproductivos y los vinculados al medio ambiente.

Conjuntamente con lo anterior, el Instituto debe dar cuenta del desarrollo y preservación de nuestra memoria histórica, como compromiso pendiente en el marco de los diversos informes sobre violaciones a los derechos humanos elaborados por los Gobiernos democráticos, y por la clara certeza de que el pasado vivido por la sociedad chilena es una fuente iluminadora para un futuro de paz social de las actuales y futuras generaciones.

 

No obstante nuestra satisfacción con la idea del Instituto, observamos con preocupación en el proyecto algunos elementos más propios de un Ombudsman, que de un organismo promotor de una cultura de respeto a los derechos humanos.

Confirma nuestra apreciación, entre otros, la facultad que se le otorga de ser agente de protección de los derechos humanos. En opinión de este Capítulo ello constituye un error. Efectivamente, por consideraciones jurídicas, sociales e históricas, y por la dramática experiencia vivida por nuestro país, dicho organismo no debiera asumir las funciones que caracterizan a una verdadera Defensoría del Pueblo, lo que además

desvirtuaría el propósito educativo fundamental que debiera desarrollar

 

En consecuencia, en relación al proyecto de ley del Instituto, compartimos más bien el tenor y alcance del programa de la Presidenta Bachelet, en el sentido que Chile requiere, en el marco de una auténtica política nacional de derechos humanos, contar con ambas instituciones, las que obviamente, dentro de un área común de interés debieran tener claramente delimitadas sus competencias. En este orden de ideas sostenemos que la finalidad de protección propiamente tal de los derechos fundamentales de las personas, sin perjuicio de los órganos jurisdiccionales y de control, corresponden a una institución como la Defensoría del Pueblo.

 

 Tan clara es la diferencia entre las dos instituciones proyectadas, que al

Instituto no se le otorgan –y no habría por qué otorgársele- la facultad de recibir, procesar, investigar y adoptar recomendaciones respecto a quejas o denuncias

individuales. Esta atribución es de la esencia de los Ombudsman, Defensores del Pueblo, Procurador de los Derechos Humanos, o cualquiera otra sea su denominación, pero no de un Instituto como el que se menciona en el Programa de Gobierno. Es importante esta precisión por cuanto el Mensaje remitido por el Gobierno precedente, revela un especial interés en demostrar que el proyecto “se ciñe estrictamente a los Principios de París”, lo que llevaría a pensar que se trataría de aquellas “instituciones nacionales” cuyo mandato principal es justamente la protección de los derechos humanos, lo que no es o no debiera ser el caso. En este sentido la mención del Nº 2 del

Artículo 4º del referido proyecto, nos parece ambigua e improcedente

 

 En el mismo sentido anterior, llama la atención que el proyecto sostenga reiteradamente el carácter de organismo autónomo que tendría el Instituto y otras características definitorias contempladas en los Principios de París, como si efectivamente fuera a ejercer funciones de protección de derechos, que sí requieren de tal autonomía. Por el contrario, en nuestra opinión, las funciones que debiera desarrollar en propiedad el Instituto, principalmente de memoria histórica, reparación y promoción, no requieren de tal autonomía e incluso en lo relativo a las secuelas que aún subsisten de las violaciones de derechos humanos acaecidas bajo el régimen militar, sería más efectivo que fuera una instancia bajo la responsabilidad del gobierno. Más aun, puede sostenerse que estas funciones constituyen un deber insoslayable y no delegable de los gobiernos de Chile.

 

A juicio de nuestro Capítulo es indispensable que estas definiciones esenciales para un buen diseño de la institucionalidad en derechos humanos tengan un mayor debate, tanto al interior del Ejecutivo, como en las cámaras legislativas que aprobarán la ley y en las organizaciones de la sociedad civil. Nos preocupa en este sentido que el proyecto de ley, al cual el Ejecutivo ha dado trámite de urgencia, sea conocido y aprobado en Sala por la Cámara de Diputados, sin una información completa y coherente de las diversas iniciativas que están previstas, y en especial en nuestro caso,

de la Defensoría del Pueblo.

 

A continuación, proponemos algunas atribuciones que debiera tener el

Instituto, que no aparecen en el texto del proyecto, así como otros posibles

mejoramientos:

 

a) Es indispensable una indicación para otorgar competencia al Instituto para la educación y promoción de la igualdad y la eliminación de toda forma de discriminación, materia en la que nuestro país muestra carencias inexcusables.

b) La asesoría al Gobierno en la elaboración de los informes a los órganos y Comités de las Naciones Unidas (Relatores Especiales, Representantes Especiales, Grupos de Trabajo y Comités establecidos en los tratados de derechos humanos) o del sistema interamericano.

Por su parte, convendría sí insistir que al futuro Defensor del Pueblo debiera facultársele especialmente, conforme al artículo 3 d) de los Principios de París, para emitir una opinión propia, independiente de la opinión del Estado, lo que es habitual en los Ombudsman2.

2 En el proyecto de Instituto, la Cámara de Diputados, por indicación presentada por el Subsecretario del Interior,

reconoció parcialmente esta atribución propia del Ombudsman, al disponer que “el informe final (al órgano respectivo)

no obligará ni comprometerá al Instituto”.

 

c) También debiera adicionarse el proyecto introduciendo la facultad del Instituto de promover la ratificación de los tratados internacionales de derechos humanos que aún se mantiene pendiente, tal como lo manifiesta el Programa de Gobierno de la Presidenta Bachelet.

d) Del mismo modo debiera reconocérsele la facultad de instar por el cumplimiento de las recomendaciones de los órganos internacionales de derechos humanos, así como de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

e) Otro aspecto insatisfactorio es el concepto de derechos humanos que maneja el proyecto, que “entiende por derechos humanos aquellos esenciales que emanan de la naturaleza humana, y que se encuentran establecidos en las normas constitucionales y legales chilenas, así como en los tratados internacionales que hubieren sido ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”. La indicación del Subsecretario del

Interior, aprobada por unanimidad, no mejora el texto original, pues la expresión “y convenciones” es sinónimo de tratados, por lo que su agregación nada aporta; y la expresión “suscritos” tampoco amplía el catálogo, pues está unida a la ratificación. Lamentablemente, hay tratados internacionales que extienden los derechos humanos a nuevos valores exigibles no ratificados por Chile, como todos aquellos, por ejemplo, contemplados en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.

f) Finalmente en cuanto a la facultad de interponer querella y/o deducir acciones legales por delito de lesa humanidad, se debiera limitar a hechos cuyo principio de ejecución haya ocurrido en dictadura, para no confundirla con el locus estandi, de que necesariamente debiera disponer el Ombudsman.

Señora Ministra: los comentarios anteriores están inspirados en el mejor espíritu de colaboración con las actuales autoridades democráticas. Ellas consideran además la opinión de un vasto y diverso conjunto de entidades de la sociedad civil chilena y también las observaciones pertinentes entregadas por autoridades y organismos internacionales de derechos humanos3.

3 Nos referimos especialmente a la Campaña “Contra los Abusos de Poder” de Corporación GENERA y otras entidades de la sociedad civil chilena – 2005 – 2006 y a la opinión de la Misión de la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los DDHH y de la Red de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (Informe Interno - 3-4 octubre 2005)

 

Puede Usted estar segura que contará con nuestra colaboración y experiencia, que ponemos a su disposición, tanto en lo relativo al Proyecto de ley del Instituto Nacional de Derechos Humanos, como en el proyecto de reforma constitucional que crea el llamado Defensor del Ciudadano, sin perjuicio además de nuestra participación en la discusión del Programa Nacional de Derechos Humanos.

Le saludan muy atentamente,

Sebastián Cox Urrejola

Presidente

Juan Domingo Milos Hurtado

Vice – Presidente

Roberto Garretón Merino

Vice – Presidente

Luis Bork Vega

Director

Fernando Escobar Aguirre

Director

Marcela Fajardo Rojas

Directora

Patricia Provoste Fernández

Directora

Contribuyendo a una mayor difusión del Ombudsman en Chile, Saludos Rodrigo González Fernández,  defensorpueblo.blogspot.com; consultajuridica.blogspot.com